jueves, 14 de julio de 2011

LEY DE ESTANCIAS INFANTILES GARANTIZA SEGURIDAD Y SERVICIO DE CALIDAD: WILFRIDO LÁZARO

Morelia, Mich., julio 14 de 2011.- El diputado Wilfrido Lázaro Medina estableció que la Iniciativa de Ley de Estancias Infantiles garantizará la seguridad y un servicio de calidad en los establecimientos que se dedican al cuidado de los hijos de los padres de familia que día a día tienen que salir a trabajar.
Al darse la primera lectura de la iniciativa que fue presentada por el Coordinador de la Fracción Parlamentaria del PRI en el Congreso del Estado, el legislador definió que con ella se mandata que las instalaciones seas limpias, seguras, adecuadas, eficaces, y sobre todo, que siempre estén en óptimas condiciones para evitar cualquier hecho que ponga en riesgo la integridad de los menores.
Wilfrido Lázaro explicó que en la iniciativa propiciará una vinculación entre padres y los responsables de las estancias en las que se señalará sus derechos y obligaciones para lograr el bienestar de los infantes bajo una adecuada alimentación, buen trato y un sano desarrollo.
La iniciativa regula el funcionamiento de las estancias infantiles y les mandata el cumplimiento de los ordenamientos legales estatales y municipales tanto para el otorgamiento de la licencia municipal correspondiente como para la autorización anual del funcionamiento de las propias estancias.
Cabe destacar que de acuerdo al nuevo ordenamiento, las licencias concedidas podrán ser suspendidas o revocadas por el ayuntamiento por causas como: incumplimiento de algún requisito; se estime la existencia de un riesgo o peligro para la seguridad o la salud de los niños atendidos; o, por resolución que emane del procedimiento administrativo que la Ley establece.
En ella se establecen los requisitos para el funcionamiento, establecimiento y licencia de las estancias infantiles del estado, salvaguardando los derechos de los niños.
En el artículo 6° se define que los establecimientos que ofrezcan el servicio de estancias infantiles deberán prestar atención física, psicológica, social, sanitaria, servicio de educación inicial y en su caso, educación preescolar.
Obliga a la Secretaría de Educación en la entidad a llevar un registro del número de control de las estancias infantiles; fecha de expedición de la licencia; domicilio, horario y días de funcionamiento; así como, los servicios que ofrece cada estancia infantil.
Las estancias infantiles deberán establecer programas permanentes de capacitación y actualización para su personal, mientras que la iniciativa obliga a las dependencias de la administración pública estatal y municipal, en el ámbito de su competencia, en coordinación con la Secretaría de Educación, practicarán las acciones de vigilancia, inspección, supervisión y evaluación de las estancias infantiles.

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